El Tribunal Constitucional ha anulado los artículos de la ley catalana de vivienda que en 2020 puso límite a los precios del alquiler en las localidades con mayor tensión entre demanda y oferta. Así, tumba la limitación a los precios del alquiler en Cataluña exponiendo que invadía la competencia estatal en materia civil para regular las bases contractuales. Distintas voces del sector señalan que esta decisión puede ser un impulso para la oferta en la región. La Cámara de la Propiedad Urbana de Barcelona era firme defensora de eliminar la limitación de precios por ley, ya que consideraba que tenía un efecto contrario al perseguido de facilitar el acceso al alquiler, debido a que estaba reduciendo la oferta disponible de viviendas para arrendar, y en la práctica no contenía precios.
«El alquiler volverá a crecer en Cataluña y se firmarán más contratos», afirma José Ramón Zurdo, director general de la Agencia Negociadora del Alquiler (ANA), quien califica como «excelente» esta noticia para propietarios e inquilinos, «porque el mercado volverá a funcionar con normalidad, y los generadores de oferta, que son los arrendadores, podrán confiar en mantener y ampliar la oferta de viviendas en alquiler, y de esta manera el mercado regulará los precios». El fallo «supone una liberación para los propietarios obligados a rebajar el precio de sus alquileres acorde al índice de precios establecido en las zonas tensionadas. De esta forma se devuelve la libertad al mercado, levantando las medidas coactivas y no voluntarias impuestas a los arrendadores», señalan desde Fotocasa.
Por ello, desde el portal inmobiliario esperan que esta sentencia «sirva para que Cataluña recupere la oferta perdida durante este tiempo y que la administración trabaje para que haya mucha más oferta de vivienda en alquiler en estas ciudades, ya que esto haría que los precios se autorregulen sin necesidad de establecer limitaciones por ley». Y es que aplicación de la norma desde su aprobación ha tenido efectos en el mercado catalán. La consecuencia más directa ha sido «la retirada de parte de la vivienda en alquiler del mercado», señalan desde el portal inmobiliario, que cifra en una reducción de más del 20% la oferta de vivienda en alquiler en ciudades limitadas como Barcelona desde la llegada de la norma.
«Esta contracción de la oferta», añaden desde Fotocasa, «ocasiona que los colectivos más vulnerables se encuentren con más dificultades a la hora de poder acceder a una vivienda, ya que la oferta es mucho más escasa». En cuanto al comportamiento de los precios, en Barcelona capital las rentas han registrado una subida interanual en febrero del 11,7%, según el Índice Inmobiliario Fotocasa, mientras que los municipios limítrofes también han presentado subidas de aproximadamente un 4,3%, a pesar de tener los precios intervenidos.
¿Inseguridad?
Por su parte, Iñaki Unsain, presidente de la Asociación Española de Personal Shopper Inmobiliario (AEPSI), considera «acertada» la decisión tomada por el Constitucional y señala que es algo que «veníamos esperando desde hace más de 18 meses», aunque desde la asociación consideran que «ha tardado mucho y ha perjudicado mucho a los propietarios que han estado alquilando sus viviendas en este periodo». A pesar de considerar la sentencia «positiva», desde Fotocasa consideran que «este tipo de cambios normativos en periodos tan cortos de tiempo, generan inseguridad jurídica tanto en los particulares como en profesionales, ya que se transmite un mensaje de inestabilidad en el mercado que produce desconfianza».
Revisión de precios ya este mes
Para el inquilino, el fallo del Constitucional tendrá ya efectos este mes, no solo en los nuevos contratos de arrendamiento que se firmen, sino en los rubricados anteriormente con una cláusula de revisión -la mayoría desde que entró en vigor la norma limitante en septiembre de 2020- que estipulaba que subiría la mensualidad en caso de anulación de la ley recurrida ante el Tribunal Constitucional. El gerente de la Cámara de la Propiedad Urbana de Barcelona, Óscar Gorgues, ha señalado a elEconomista que no se puede saber cuánto subirán los precios, ya que ese detalle lo fija cada contrato, en función de lo pactado entre arrendador y arrendatario. En cualquier caso, no tendrá efectos retroactivos sobre las mensualidades pasadas, sino a partir del momento de publicación de la sentencia.
Fuente: ElEconomista.com